¿SE PUEDEN CEDER/COMUNICAR A TERCEROS LOS DATOS DE CARÁCTER PERSONAL DE LOS PROPIETARIOS?

La cesión de datos de carácter personal, a terceras personas, requiere el consentimiento expreso de las personas interesadas, es decir, de los propietarios, salvo que una normativa lo contemple. En caso contrario se estaría vulnerando los derechos de los interesados, lo cual puede ser objeto de sanción por la AEPD.